Nos están llegando muchas consultas de familias con dudas sobre la próxima campaña de la renta. Uno de nuestros objetivos es capacitar a las familias en el ámbito de la información y la formación como primer paso para conocer y mejorar la situación financiera familiar ¿conoces los detalles de tu declaración?
Aquí os dejamos las respuestas a las consultas más repetidas:

EN MI PRÓXIMA DECLARACIÓN DE LA RENTA….

¿PUEDO DEDUCIR EL GASTO DE LA PERSONA CONTRATADA POR CUIDADO DE HIJOS?

En los años 2020 y 2021 es deducible en la declaración de IRPF el 100% de las cuotas que se hayan pagado a la SS por personal contratado para el cuidado de hijos. Es decir, la cuota de la Seguridad Social de la persona contratada «te sale gratis».

 

¿LOS ERTES TRIBUTAN?

Sí. Es lo mismo que la prestación por desempleo, o el salario. Tributan como rendimiento del trabajo.

 

¿INGRESO VITAL MÍNIMO TRIBUTA?

No. Está exento.


¿LAS BECAS DE ESTUDIOS TRIBUTAN?

Unas sí y otras no.

Las becas públicas, las becas concedidas por las entidades a las que sea de aplicación la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del Régimen tributario de las Fundaciones y de las Actividades de Patrocinio, y las becas concedidas por las fundaciones bancarias reguladas en el Título II de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias en el desarrollo de su actividad de obra social, percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo, hasta el doctorado inclusive, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

Asimismo, estarán exentas, en los términos que reglamentariamente se establezcan, las becas públicas y las otorgadas por las entidades sin fines lucrativos y por las fundaciones bancarias mencionadas anteriormente, específicamente con fines de investigación, a los funcionarios y demás personal al servicio de las Administraciones Públicas y al personal docente e investigador de las universidades.

También estarán exentas las becas concedidas por la Administración de la Comunidad Foral para la formación de tecnólogos en los Centros Tecnológicos, en las Universidades o en las empresas, en aquellos proyectos de investigación y desarrollo que hayan sido seleccionados en la convocatoria correspondiente.

Igualmente estarán exentas las Becas Navarra para cursar programas de Master en universidades extranjeras, así como las ayudas concedidas por la Administración de la Comunidad Foral mediante el programa «Beca Emprendedor».

El resto de becas sí tributan.

 

¿EL ALQUILER ES DEDUCIBLE?

Existe una deducción aplicable en la declaración de IRPF en los alquileres.

De forma muy resumida (hay algún matiz más):

– Importe: 15% del coste del alquiler

– Requisitos:

  1. las rentas del año no superen los 30.000 euros (60.000 en declaración conjunta).
  2. El coste del alquiler tiene que ser superior al 10% de las rentas del año.
  3. Justificación: contrato de alquiler y recibos de pago.

-Límite máximo: 1200 euros por persona.

¿PRESTACIÓN POR MATERNIDAD/PATERNIDAD TRIBUTAN?

Sí, tributan como un rendimiento del trabajo. Además, dan derecho a una deducción por maternidad/paternidad cuya cuantía depende del nivel de rentas y de la cantidad cobrada. (Además, en esta campaña del IRPF de 2020 hay una deducción “especial” por las prestaciones cobradas entre 2015 y 2018). Si quieres conocer los detalles de esta medida puedes verlo aquí.

[calculadora]

 

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