Desde el 1 de enero de 2026 está en vigor el nuevo permiso laboral remunerado para el cuidado de hijos menores de 8 años, aprobado por el Gobierno el pasado verano.

Se trata de una medida destinada a cumplir la normativa europea en materia de conciliación, que obliga a los Estados miembros a disponer de permisos retribuidos, aunque su aplicación incluye requisitos concretos sobre las familias beneficiarias.

Dos semanas de permiso retribuido: en qué consiste

La normativa reconoce a cada trabajador dos semanas de permiso remunerado para el cuidado de hijos menores de 8 años.

Estas dos semanas:

  • Son un derecho individual del trabajador.

  • Son retribuidas

  • Pueden disfrutarse previa solicitud a la empresa.

  • Pueden utilizarse hasta que el menor cumpla los 8 años.

Es importante aclarar que:

  • No se trata de una prestación de la Seguridad Social.

  • No existe pago por parte del INSS.

  • La retribución corre a cargo de la empresa, que asume el coste del permiso.

¿Quiénes pueden solicitar este permiso?

El acceso a estas dos semanas de permiso remunerado está limitado a trabajadores con hijos nacidos a partir de agosto de 2024.

En concreto, la fecha de referencia es el 2 de agosto de 2024, día en el que finalizó el plazo marcado por la Unión Europea para que los Estados miembros adaptaran su legislación a la directiva europea de conciliación.

Las familias con hijos nacidos antes de esa fecha no pueden acogerse a este nuevo permiso retribuido.

Qué ocurre con las 8 semanas de permiso ya existentes

Antes de esta reforma ya existía un permiso de 8 semanas para el cuidado de hijos menores de 8 años.

Este permiso:

  • Se mantiene sin cambios.

  • No es retribuido.

  • Sigue siendo un derecho del trabajador, pero a cuenta de su salario.

Estas semanas pueden utilizarse, por ejemplo, durante vacaciones escolares, días sin colegio u otras necesidades de conciliación familiar.

Una semana más de permiso por nacimiento

Dentro del mismo paquete de medidas, el Gobierno aprobó también la ampliación del permiso por nacimiento, que pasa de 16 a 17 semanas para cada progenitor (madre y padre).

Este permiso se aplica a niños nacidos desde la fecha de entrada en vigor de la norma, es decir, 1 de agosto de 2025 (desde el día siguiente a su publicación en el BOE).

Distribución del permiso por nacimiento

  • 6 semanas obligatorias, inmediatamente posteriores al nacimiento, ininterrumpidas e intransferibles.

  • 11 semanas restantes, que pueden disfrutarse de forma flexible durante los 12 primeros meses de vida del menor.

Adopción, acogimiento y guarda

Los nuevos permisos se aplican tanto en casos de:

  • Nacimiento

  • Adopción

  • Acogimiento

  • Guarda con fines de adopción

Discapacidad, parto múltiple y familias monoparentales

La normativa contempla ampliaciones en situaciones específicas:

  • Discapacidad del menor o parto múltiple:
    El permiso por nacimiento se amplía en 2 semanas adicionales.

  • Familias monoparentales:
    Se reconoce el derecho a un permiso equivalente al doble:

    • 28 semanas por nacimiento.

    • 4 semanas retribuidas para el cuidado de hijos menores de 8 años.

Para ampliar esta información, podéis consultar un artículo específico publicado en la revista de la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), donde se explican con más detalle los nuevos permisos laborales.

Y, ante cualquier duda concreta, recordamos que desde la ANFN estamos a vuestra entera disposición para ayudaros.

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