Como ya sabéis, el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de Familias, impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales para reconocer y mejorar la protección a todas las familias. 

Es importante tener en cuenta que se trata de un anteproyecto de ley, es decir, que está en fase de aprobación, no son medidas que entren en vigor de manera inmediata, salvo alguna concreta recogida en los PGE, como los 100 euros por hijo de 0 a 3, que se aplicará ya desde enero (recordemos que es una medida que no afecta a Navarra, que tiene un sistema fiscal propio).

Hay que esperar a la aprobación de la Ley, que no sabemos cuánto tardará, pero serán varios meses, si bien el Gobierno quiere tramitarla por vía urgente para que esté “cuanto antes”, según dijo la ministra Ione Belarra.

Sobre medidas que nos afectan directamente, ya sabéis que hay nuevos supuestos de “familia numerosa”, situaciones familiares que se equiparan a las numerosas y un cambio en la categoría de familia numerosa especial, que se dará con 4 hijos o con 3 si hay parto múltiple o bajos ingresos (entendemos que también si hay discapacidad, aunque no esto no aparece expresamente en la reseña del Consejo de Ministros).

 

MEDIDAS RECOGIDAS EN EL ANTEPROYECTO DE LEY:

  • Se extenderá la “renta crianza”, los 100 euros al mes por hijo de 0 a 3 años que reciben actualmente las madres trabajadoras, a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no, y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. A partir de ahora también recibirán el 100% de la prestación las mujeres que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal. Esta medida entrará en vigor en 2023 porque está recogida en los PGE. Si no se modifica el sistema, esta prestación se tendría que solicitar a la Agencia Tributaria, que es quien la gestiona hasta ahora (deducción por maternidad), pero no sabemos si se cambiará el procedimiento, será el Gobierno quien deba informar de ello.
  • Creación de una denominación de «Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza», en la que se incluyen las consideradas hasta ahora «familias numerosas», además de las siguientes, que se equiparan así a las numerosas:
    • familias monoparentales con 2 hijos
    • familias con 2 hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad (no se especifica el grado)
    • familias con 2 hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos
    • familias con 2 hijos en las que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión
  • Modificación de la actual categoría especial de familia numerosa, que incluirá a las familias con 4 hijos, en vez de 5, como hasta el momento; las familias con 3 hijos en caso de parto múltiple, en vez de 4 como en la actualidad, y las familias con 3 hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).
  • Se crean tres permisos de cuidados familiares:
    • un permiso por cuidado de 5 días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta 2º grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo;
    • un permiso retribuido de hasta 4 días por ausencia por fuerza mayor familiar que requiera atención inmediata. Se podrá disfrutar por horas hasta sumar 4 días.
    • un permiso parental de 8 semanas para trabajadores con hijos, que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso, no retribuido, se aplicará de forma progresiva, según la ministra, empezará con 6 semanas en 2023 y llegará a las 8 semanas en 2024.
  • Equiparación de derechos de las parejas de hecho con respecto a las que tienen vínculo matrimonial, mediante la creación de un registro de parejas que permitirá el acceso a los diferentes permisos que recoge la Ley, incluido uno de 15 días que podrán disfrutar tras la formalización del registro, equivalente al que se disfruta al contraer matrimonio.      
  • Otras medidas: El subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo se extenderá a adoptantes y familias de acogida; se ampliará la pensión de orfandad un año, hasta los 26, y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad.

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