Estimadas familias,

Como sabéis este pasado lunes 10 de diciembre, se organizó la charla en colaboración con Grupo Independiente de Madres Navarras sobre las acciones que se pueden llevar a cabo para solicitar la devolución del IRPF de la prestación de maternidad.

Con el objetivo de que aquellos no pudisteis acudir a la sesión sepáis qué aspectos se trataron os enviamos un pequeño resumen que exponemos a continuación, así como un gráfico que adjuntamos sobre los plazos a seguir.

Además, si tenéis cualquier pregunta o consulta, no dudéis en decirnos.

 

La vía parlamentaria está descartada. Parecía la vía más rápida y sencilla pero finalmente no se ha debatido en el Parlamento. Por lo que hay que optar por otras vías.

  1. Vía administrativa
  • Consiste en presentar una reclamación a Hacienda. Es muy importante que dicha reclamación no contenga ningún fallo. Debe ir acompañada de la declaración de la renta del año que se va a reclamar. En cuanto tengamos el modelo de instancia que se ha preparado la colgaremos en la web y la tendremos disponible en nuestra oficina.
  • En la instancia debe aparecer la cifra de la prestación que se recibió y NO lo que tendrían que devolverte (ya que se explicó que dicha devolución puede ir aumentada por intereses de demora, etc).
  • Si hay que pedir varias devoluciones, se presentarán tantas veces como haga falta la instancia y la fotocopia de la declaración del año correspondiente.
  • La documentación se presenta en la Hacienda Foral (en las zonas rurales podéis acercaros a una delegación de Hacienda).
  • Aquellos que recibieron la prestación por maternidad o paternidad en 2014 tienen que hacerlo cuanto antes pues la campaña de la renta prescribe en junio de 2019.

La respuesta a estas instancias pueden tardar hasta 6 meses. Lo lógico es que la respuesta sea negativa, ya que Hacienda se basará en la ley Foral, pero es necesario presentar este trámite para poder acudir a la vía judicial. Si no hubiera respuesta, también es necesario esperar esos 6 meses antes de pasar a la siguiente vía.

2.Recurso en el Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra

-Se recomienda el servicio de abogados pues hay que aportar razones jurídicas.

-Si se deniega, pasar al siguiente paso.

3.Tribunal Contencioso Administrativo

-Se basará en la sentencia del Supremo pero la resolución de este tribunal no crea jurisprudencia por eso mismo es imprescindible reclamarlo.

-Si deniegan la devolución se hace un recurso sobre esta sala que tendrían que decidir 3 jueces.

-Si aun así se niega, siguiente paso.

4.Tribunal Superior de Justicia de Navarra

5.Tribunal Constitucional

 

Nos explicaron que es importante que los abogados sean expertos en el campo contencioso-administrativo.

Los siguientes despachos fueron los que se presentaron:

  • Jesús Aguinaga
  • Ecija
  • Alkan
  • Pilar del Hoyo
  • Arpa Abogados

Nosotros desde la ANFN hemos hecho un acuerdo con grupo LEXA. La propuesta de éste último  son 85 € de gasto inicial por unidad familiar, entre gastos de procurador, abogado y por la defensa en el trámite administrativo y judicial. Y en el caso ver estimadas las pretensiones o aceptadas las reclamaciones planteadas por las familias, el 9% de la cuantía que se consiga para cada familia, de tal forma que cada uno pagará en función de lo que se consiga y solamente en caso de haber éxito.

 

NOTAS IMPORTANTES

  • Es necesario agotar la vía administrativa en primer lugar. No es posible acudir directamente a la vía judicial.
  • Ninguno de los tribunales a los que se va a recurrir en primera instancia crean jurisprudencia. ¿Qué quiere decir esto? Que sólo se estudiará tu caso si comienzas el proceso, presentando la instancia en Hacienda. Que a tu vecino se lo concedan no quiere decir que te aplique directamente a ti.
  • En cualquier momento se puede desistir en el proceso. Es decir, si cambiara la ley y se decidiera aplicar la exención del IRPF con carácter retroactivo, dejaríamos el proceso en el punto en el que estuviera.
  • Si has cobrado parte de la prestación o la totalidad de la misma en 2018 todavía NO puedes empezar a hacer nada, ya que no has hecho la declaración de la renta y por tanto, no hay nada que reclamar.

RECOMENDACIONES

  • Antes de contratar un abogado pide que te estimen lo que te tienen que devolver, ya que esta cantidad te hará decidir si merece la pena o no comenzar el camino en tu caso particular.
  • La vía administrativa es gratuita pero es recomendable que un abogado os asesore en la presentación de la instancia. En ella se basarán todos los recursos posteriores, y si no está correctamente formulada, puede que te la denieguen a ti, pero que a tu vecino que la ha hecho mucho mejor se lo concedan.
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