Aviso de verano: La oficina de la ANFN permanecerá cerrada del 7 al 14 de julio (ambos inclusive) y del 1 al 11 de agosto (ambos inclusive).

Estimadas familias,

Como sabéis este pasado lunes 10 de diciembre, se organizó la charla en colaboración con Grupo Independiente de Madres Navarras sobre las acciones que se pueden llevar a cabo para solicitar la devolución del IRPF de la prestación de maternidad.

Con el objetivo de que aquellos no pudisteis acudir a la sesión sepáis qué aspectos se trataron os enviamos un pequeño resumen que exponemos a continuación, así como un gráfico que adjuntamos sobre los plazos a seguir.

Además, si tenéis cualquier pregunta o consulta, no dudéis en decirnos.

 

La vía parlamentaria está descartada. Parecía la vía más rápida y sencilla pero finalmente no se ha debatido en el Parlamento. Por lo que hay que optar por otras vías.

  1. Vía administrativa
  • Consiste en presentar una reclamación a Hacienda. Es muy importante que dicha reclamación no contenga ningún fallo. Debe ir acompañada de la declaración de la renta del año que se va a reclamar. En cuanto tengamos el modelo de instancia que se ha preparado la colgaremos en la web y la tendremos disponible en nuestra oficina.
  • En la instancia debe aparecer la cifra de la prestación que se recibió y NO lo que tendrían que devolverte (ya que se explicó que dicha devolución puede ir aumentada por intereses de demora, etc).
  • Si hay que pedir varias devoluciones, se presentarán tantas veces como haga falta la instancia y la fotocopia de la declaración del año correspondiente.
  • La documentación se presenta en la Hacienda Foral (en las zonas rurales podéis acercaros a una delegación de Hacienda).
  • Aquellos que recibieron la prestación por maternidad o paternidad en 2014 tienen que hacerlo cuanto antes pues la campaña de la renta prescribe en junio de 2019.

La respuesta a estas instancias pueden tardar hasta 6 meses. Lo lógico es que la respuesta sea negativa, ya que Hacienda se basará en la ley Foral, pero es necesario presentar este trámite para poder acudir a la vía judicial. Si no hubiera respuesta, también es necesario esperar esos 6 meses antes de pasar a la siguiente vía.

2.Recurso en el Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra

-Se recomienda el servicio de abogados pues hay que aportar razones jurídicas.

-Si se deniega, pasar al siguiente paso.

3.Tribunal Contencioso Administrativo

-Se basará en la sentencia del Supremo pero la resolución de este tribunal no crea jurisprudencia por eso mismo es imprescindible reclamarlo.

-Si deniegan la devolución se hace un recurso sobre esta sala que tendrían que decidir 3 jueces.

-Si aun así se niega, siguiente paso.

4.Tribunal Superior de Justicia de Navarra

5.Tribunal Constitucional

 

Nos explicaron que es importante que los abogados sean expertos en el campo contencioso-administrativo.

Los siguientes despachos fueron los que se presentaron:

  • Jesús Aguinaga
  • Ecija
  • Alkan
  • Pilar del Hoyo
  • Arpa Abogados

Nosotros desde la ANFN hemos hecho un acuerdo con grupo LEXA. La propuesta de éste último  son 85 € de gasto inicial por unidad familiar, entre gastos de procurador, abogado y por la defensa en el trámite administrativo y judicial. Y en el caso ver estimadas las pretensiones o aceptadas las reclamaciones planteadas por las familias, el 9% de la cuantía que se consiga para cada familia, de tal forma que cada uno pagará en función de lo que se consiga y solamente en caso de haber éxito.

 

NOTAS IMPORTANTES

  • Es necesario agotar la vía administrativa en primer lugar. No es posible acudir directamente a la vía judicial.
  • Ninguno de los tribunales a los que se va a recurrir en primera instancia crean jurisprudencia. ¿Qué quiere decir esto? Que sólo se estudiará tu caso si comienzas el proceso, presentando la instancia en Hacienda. Que a tu vecino se lo concedan no quiere decir que te aplique directamente a ti.
  • En cualquier momento se puede desistir en el proceso. Es decir, si cambiara la ley y se decidiera aplicar la exención del IRPF con carácter retroactivo, dejaríamos el proceso en el punto en el que estuviera.
  • Si has cobrado parte de la prestación o la totalidad de la misma en 2018 todavía NO puedes empezar a hacer nada, ya que no has hecho la declaración de la renta y por tanto, no hay nada que reclamar.

RECOMENDACIONES

  • Antes de contratar un abogado pide que te estimen lo que te tienen que devolver, ya que esta cantidad te hará decidir si merece la pena o no comenzar el camino en tu caso particular.
  • La vía administrativa es gratuita pero es recomendable que un abogado os asesore en la presentación de la instancia. En ella se basarán todos los recursos posteriores, y si no está correctamente formulada, puede que te la denieguen a ti, pero que a tu vecino que la ha hecho mucho mejor se lo concedan.
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